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Fallos: 74:232 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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232 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE Este pla% ha vencido con exceso, y Muzlera no ha cumplido su compromiso, en cuyo mérito he vuelto á escribirle sin haber tenido contestacion, Por tanto y cediendo á instancias de la señora Strático vengo úá deducir demanda contra don Máximo Muzlera que en oportunidad sea condenado á entregar el menor de la referencia.

Para la citación del demandado se hade servir V.S. dirigir exhorto al señor juez federal de Mendoza con prevención que Muzlera reside en el departamento Rivadavia.

Será justicia.

Otrosf digo: ttue para acreditar que la señora de Strático es digna del amparo de estr ministerio, presentó los t- stigos don Antonio P. Quijarro y don Domingo Reynoso, quienes pueden declarar que conocen ú la indicada señora y saben que es pobre de solemnidad y no tiene recur-os para seguir el juicio, Otrosf : Que para acreditar el fuero federal presentó los mismos t-stigos. quienes sabrn que la señora de Strático es extranjera y argentino Muziera ; sírvase pues V. S, recibir lu informa cion ofrecida sobre los dos puntos arriba indicados y con su mérito mandar citar al demandado, Fecha uf supra.

Salvador de la Colina.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR FISCAL
Buenos Aires. Mayo 27 de 18.

Señor Juez :

El caso de que da cuenta el precedente escrito no está comprendido entre los que la ley de 14 de Setiembre de 1863 autoriza ú V, S, ú conocer y decidir, y, aún en el supuesto de que prorediera su sustanciación en la jurisdicción federal, apare

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Año: 1898, CSJN Fallos: 74:232 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-74/pagina-232

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