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Fallos: 73:64 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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64 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE nes pasaron al gobierno nacional, ni era procedente el ejercicio del derecho adquirido, por estar ya integrado el Directorio. Pero es que el Estado ha adquirido, segun el informe del Crédito público, de foja 23, 266.143 acciones, quedando sólo, sin ocurrir al canje, ignoradas, muy probablemente en parte perdidas ú olvidadas en el extranjero, sólo 33.857, esta fruccion que no se ha presentado al canje, es mínima € inconsiderable, porque si 300.000 acciones sólo pueden dar derecho al nombramiento de cuatro directores, la novena 6 décima parte de ese total, no alcanza Á obtener la representacion ni de uno.

El hecho del nombramiento en los que tenían derecho 4 hacero, no importa su conservacion indefinida, Es principio uniforme, que toda representacion cesa con la desaparicion del dereoho del representado. Por consiguienta, el derecho de representacion de los accionistas desapareció 7/,xo facto por la venta, pasando á serlo del comprador de todas sus aecrones, derechos y privilegios. Sobre todo, si esto dijo la Jey, bien esplícita y elara, el decreto del puder ejecutivo que se ajustó á ella, no puede ser atacado como violatorio de so mandato.

Las cuestion»s de detalles sobre el nombramiento y término de a liquidacion, no destruyen el mandato de la ley y decreto que le dió ejecucion.

El Banco Nacional, si no es un Baneo de Estado no es tampoco una simple sociedad anónima, sujetaa! régimen exclusivo e! Código de Comercio, es cl banco de la Constitucion. V, E, ha declarado en repetidos fallos que no es un establecimiento particular de comercio, sinó una institucion de otro carácter:

«Que ei conjunto de sus atribuciones, exenciones y privile gios, responde á la idea de una institucion pública, creada exprofeso, para fines de administracion nacional », Este banco, creado por ley del Congreso, en virtud de la atribucion conferida en el artículo 67, inciso 5° de la Consti

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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:64 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-73/pagina-64

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