DE JUSTICIA NACIONAL 287 5] festacion del rancho, en violacion de lo dispuesto en el artículo :
cincuenta y cuatro de la ley de aduana para mil ochocientos noventa y seis, haciéndose asf pasible de la penalidad establecida por las Ordenanzas de la materia, de conformidad á lo prevenido en la expresada ley, Por esto, de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor procurador general y por sus fundamentos, se confirma, con costas, la sentencia arelada de foja treinta y cinco. Repuestos los sellos, devuélvanse, pudiendo notificarse con el original. "
BENJAMIN PAZ. — OCTAVIO BUNGE.
— JUAN E. TORRENT, CAUSA CXELVIIL 1 Don Ventura Lynch contra el concurso de Wuille Bille y Block, por cabro de perjuicios ; sobre apelacion de sentencia de la ¿ Cámara de Apelaciones en lo Comercial de la Capital. j Sumario. — El derecho amparado por fallos de los tribuna- i les federales declarando la subsistencia de un contrato no sufre lesion por la resolucion de los tribunales ordinarios esta- A bleciendo el monto de daños y perjuicios, causados por la falta , de cumplimiento y rescision del mismo; y por lo tanto no es | admisible el recurso que de tal resolucion se interponga para | ante la Suprema Corte.
Caso. — Lo explican las siguientes piezas :
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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:287
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