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Fallos: 73:188 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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188 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Marzo 17 de 1898.

Suprema Corte: .

Las consideraciones del auto de foja 68 eran fundamentales.

No tratándose ya de la aplicacion 6 inteligencia de una ley especial del Congreso, sinó simplemente de indemnizacion del valor de an terreno declarado por sentencias ejecutoriadas del dominio privado de los demandantes Araya y Lardiez, La jurisdiccion federal resultaba improcedente, no sólo por la cansa enunciada, sinó tambien por ser el incidente actual derivacion de un juicio seguido y concluido de conformidad de partes ante la jurisdiccion comun.

Confirmo por ello, mi dictámen de foja 87 del expediente agregado, pidiendo la confirmacion del anto que deniega la procedencia «el fuero federal, En cuanto al recurso de hecho traido ante V. E, en el incidente corriente, por denegacion del recurso instanrado ante la Exma, Cámara de Sante Fé, pienso que aun cuando lo resuelto fuera apeluble, por tratarse de la jurisdiccion, que siendo de órden público y decidiendo de la validez 6 nulidad del procedimiento, causa gravámen irreparable, la inadmisibilidad del recurso sería determinada por otras consi= deraciones de órden legal. .

El mismo recurso reconoce que se ha seguido un juicio ante la jurisdiccion comun, que ha sido resuelto por sentencias ejecutoriadas, siendo el getual un incidente para el cumplimiento de aquellas, No se trata entónces sinó de indemnizacion. del valor del terreno, lo que siendo materia del derecho civil, cae bajo la jurisdiccion comun.

Y por otra parte, pendiente de la resolucion de V. E., el re=

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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:188 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-73/pagina-188

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