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Fallos: 72:404 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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que el demandante gestiona derechos que no le corresponden personalmente, y no ha justificado el poder ó autorizacion legal con que lo hace, es contrario úá derecho é inoficioso entrar á juzgar sobre el fondo positivo del pleito; tanto más, si se tiene presente que esta excepcion de falta de personería, es propiamente en este caso una defensa del demandado negando al actor el derecho sust°ntivo de exigir ninguna cantidad, y como tal debe ser su solucion (Fallo de la Corte, tomo 1", púgina 34, série 2").

2° Que en el contrato de fojas 45 ú 47, reconocido ú foja 65 á pedido del actor, se expresa claramente que la sociedad anónima € Gran Politeama » ha contratado la construecion de Le obra con los señores Jorge Miazzi y compañía, con la garantía del señor Nicolás Mate, expresando con toda claridad en el artículo 4, que la empresa contratista la componen los señores Jorge Miazzi y compañía y don Nicolás Mate, lo que significa que la palabra e compañía» implica la existencia de otra persona más que la de los nombrados , porque si no fuera así, se habrían limitado á expresar que la empresa se compone de los señores Miazzi y Mate.

3" Que es un principio sentado en varios pasajes de nuestro Cádigo Civil, que una persona jurídica ó sociedad del derecho civil y comercial vs un ente ideal distinto de los miembros que la componen; que como persona del derecho positivo puede adquirir derechos y contraer obligaciones propias, sin que pueda legítimamente atribuirse ninguno de sus miembros el carácter de acreedor de esos derechos, á no ser que la ley 6 el contrato le haya acordado previamente la representacion de la sociedad ú del ser de existencia ideal, 4 La accion que vace de un derecho, empleada ante la justicia para hacer que una persona pague una cantidad ó ejecute algun hecho, implica la existencia de una obligacion contraída por esa persona demandada á favor personal del actor, ó repre

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Año: 1898, CSJN Fallos: 72:404 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-72/pagina-404

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