por el inferior, no obsta 4 la declaracion de la incompetencia.
Que las resoluciones de los tribunales de la provincia de Santa Fe, declarando la causa de competencia de la justicia federal, no puede atribuir jurisdiccion á ésta.
Por estos fundamentos, se revoca el auto apelado de foja sesenta y cuatro, se declara que el conocimiento de esta causa no corresponde á la justicia federal, Repuestos los sellos, devuélvanse, pudiendo notificarse con el original.
BENJAMIN PAZ. — OCTAVIO BUNGE,
— JUAN E. TORRENT.
CAUSA CDY
Don Lisandro de la Torre y don Juan Proto, contra don Pedro Viñas, don Juan Pozzo y don Floriano Zapata, por nulidad de venta ; sobre competencia.
Sumario.—Para surtir el fuero federal por razon de las personas en causas que se obra por cesion, es necesario demostrar la diversa nacionalidad del cedente y del cesionario con relacion al demandado, Caso. — Resulta de las siguientes piezas :
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Año: 1897, CSJN Fallos: 71:356
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