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Fallos: 71:221 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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Caso. — Resulta de las siguientes piezas :

VISTA FISCAL
Señor Juez de Seccion :

El Procurador fiscal nacional, en los autos criminales seguidos contra Celestino Olivera, por muerte 4 Guadalupe Miranda, evacuando el traslado conferido para hacer mérito del sumario, ante V. S. expone:

Que consta del proceso que el día 9 de Diciembre próximo pasado, ú las 10 de la noshe, estando enla cuadra del cuartel de marina de este puerto, varios marineros y detenidos, se tomaron en palabras, encontrándose ebrios, el timonel Guadalupe Miranda y el marinero Celestino Olivera, saliendo en seguida al patio sin que los presentes dieran importancia al incidente, Momentos despues uno de les detenidos movido por la curiosidad salió al patio y pasó á un corralon interior y como sintiera ruido de armas corrió para dar aviso al ayudante Carvallo, concurriendo éste acto continuo al lugar del suceso acompañado de otras personas. Allí encontraron en actitud de lucha á los expresados Miranda y Olivera; el primero con un machete y el segundo con un cuchillo. Miranda había recibido una herida mortal en la region abdominal, y Olivera un pequeño golpe de machete en el hrazo izquierdo, falleciendo aquél á consecuencia de la herida en el .Hospital de Caridad pocas horas despues del suceso, 4 las 3 de la mañana de esa misma noche (véanse el informe médico de foja 37 y la partida de defuncion de foja 14).

El procesado Olivera, en sus declaraciones de fojas 4 4 6 y 16, ha confesado el hecho criminal objeto de este juicio y aun cuando dice que lo hizo en defensa propia, de su misma declaracion resulta inexacta esta afirmacion, puesto que él dice que

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Año: 1897, CSJN Fallos: 71:221 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-71/pagina-221

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