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Fallos: 71:161 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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ciudad en la calle Caseros, para el establecimiento de la « Tienda Buenos Aires », cuyos dueños enviaron 4 don Cesáreo Montero, con quien formalizó el contratu, representando éste la sociedad Iguain, Cartubio y compañía, de Tucuman, la cual cambió en lo sucesivo en las razones e Aceña y compañía », y «Cartabio, Aceña y compañía», pero continuando la casa ocupada con el negocio de los mismos, por nuevos convenios respecto al término y precio del arriendo.

Que fenecido el último contrato, los señores Aceña y compañía han desocupado la casa, que fué entregada en perfecto estado, con dos tiendas munidas de armazones y mostradores, dejándola transformada en completa destruccion y con gran cantidad de escombros; por lo cual se negó á recibirla y pidió se depositasen las llaves en el juzgado, Detalla las innovaciones hechas con el consentimiento del locador bajo expresa condicion de devolver la casa en el mismo estado que la entregó, y varias otras que dice hicieron los Jocatarios, para propia comodidad, sín conocimiento del propietario.

Que la destruccion, desperfectos y completa ruina y desaseo abarca todo el edificio, desde los techos hasta los pisos y albañales.

Que los inquilinos se han llevado los armazones y mostrado— res de las dos tiendas, todo lo cual hace constar en la escritura pública de protesta que acompaña y reproduce, por lo cual, siendo además la transformacion gravemente perjudicial á la propietaria, pues cambia el destino del inmueble que fué para habitacion de familia y casa de negocio, convirtiéndolo vasi exclusivamente para negocio ; fundado en los hechos expuestos y en las disposiciones legales que cita, demanda á los propietarios de la tienda antes mencionada, señores Aceña y compañía, por Ja devolucion de la casa en la misma forma y buen estado en que les fué entregada, y en su defecto la indemnizacion de los T. LXXI 11

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Año: 1897, CSJN Fallos: 71:161 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-71/pagina-161

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