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Fallos: 71:135 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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expropiado (doctor Rueda) ha invocado como elemento de ilustracion en el presente juicio para la fijacion de los precios correspondientes de la expropiacion de que se trata, los siguientes casos de venta de terrenos de la misma localidad, ó contiguos ú ella :

El primero es el compromiso de venta celebrado en veintiocho de Diciembre de mil ochucientos ochenta y nueve por don José de las Carreras con la misma empresa del Central Argentino, en que convenía el primero en vender á ésta, para la construccion de su línea, el terreno necesario correspondiente á la estancia de San Urbano, que tomaría del que le tocase en la division de esta misma estancia entre los herederos Palacio, por el precio de ciento cincuenta pesos moneda nacional de curso legal por cuadra de diez y seis mil ochocientos setenta y cinco metros cuadrados, incluyendo en este precio toda indemnizacion de perjuicios, lo que da como precio del metro cuadrado de terreno próximamente la cantidad de nueve milésimos de peso, ó sea, menos de un centavo por metro cuadrado, debiendo observar que el doctor Rueda pidió se exhibiese el boleto de ese compromiso que es el que corre ú foja ciento treinta y una (primer cuerpo) y que el campo á que se refiere, es el mismo colindante con el del doctor Rueda, y que atraviesa por el medio la línea, como se demuestra por el plano de foja ciento sesenta y seis primer cuerpo).

El segundo, es la expropiacion hecha á don Felipe Hire, abonándole la empresa, por el terreno que le tomó para la vía, á razon de cíen pesos oro sellado por cuadra de terreno, segun se asevera en la posicion trece del interrogatorio propuesto por el doctor Rueda al apoderado de la empresa á foja ciento dies y seis (primer cuerpo), hecho roconocido por dicho apoderado, diciendo é foja ciento treinta y tres vuelta, que, en ese precio, entraba la indemnizacion de perjuicios, circunstancia que no se ha negado por aqué). Dicho terreno queda 4 muy poca distan

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Año: 1897, CSJN Fallos: 71:135 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-71/pagina-135

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