excluyendo por tanto el fuero federal; porque procediendo en la causa jure soctt, es decir como asociados y en virtud de sus derechos de tales, reclamando las ganancias que ha producido la sociedad, 2" Que es de derecho que las contestaciones de los socios entre sí por razon de hechos 6 actos que deriven del contrato social, no tienen sinó un solo y único fuere, de lo cnal se deriva que en tales casos no puede surgir el fuero federal por razon de la distinta nacionalidad ó vecindad de las personas, segun lo tiene así declarado la Suprema Corte en los fallos de la série 2" tomo 21 pág. 512 ; série 3", tomo 18 pág. 148 ; tomo 14 pág. 343 y tomo 47 pág. 65 .
3" Que siendo improrrogable por la ley la jurisdiccion en los tribunales federales sobre personas ó cosas ajenas á ella, debe el juez declararse incompetente de oficio cuando aparece cluramente que no es de su jurisdiccion.
Por estas consideraciones, resuelvo en esta sala de audiencia :
declarando á este juzgado incompetente para conocer en la presente causa, y ocurra el actor donde corresponda, 4 quien se le devolverán los documentos acompañados, una vez ejecutoriado este anto. Repóngase.
Dantel Goytia.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Febrero 13 de 1897.
Suprema Corte :
Los fundamentos del auto recurrido de foja 49, autorizan la confirmacion que solicito de Y. E.
Sabiniano Kter,
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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:38
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-70/pagina-38
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