Sexto. Que consta por último que los marineros acostumbraban cargar cuchillo con punta cuando estaban trabajando, sín que se sepa si le tenian en el momento del conflicto; y que las armas de Anderson consistian en un cuchillo y una eachiporra que le sacó el cocinero despues de muerto (declaraciones de fojas treinta y tres vuelta, setenta y tres y setenta y cuatro).
Atentos estos hechos, y Cons.Jerando: Prúmero, Que la desobediencia de los marineros á la órden de entrar al trabajo antes de las seis de la mañana, no fué un motin ó un acto de conspiracion contra el piloto, y que este en vez de pretender reprimirla con la prision de ellos asegurándolos con esposas, debió dar parte del suceso ú las autoridades del puerto, ó esperar el regreso á bordo del Capitan.
Segundo. Que aun cuando por el artículo mil sesenta y cuatro del Código de Comereio que cita el Juez de Seccion, el Capitan de un buque tiene la facultad de imponer penas correccionales á los individuos de la tripulacion y husta proceder á la prision de ellos por motivo de insubordinacion 6 de cualquier otro delito cometido á bordo, esta disposicion no es propiamente aplicable cuando el buque se halla surto en un puerto, segun se infiere de las palabras con que termina dicho artículo: « entregando los presos con los antecedentes relativos ú las autoridades competentes del primer puerto donde entrare».
Tercero. Que el estado de legítima defensa no se presume por derecho y es obligacion del acusado establecer con pruebas bastantes la certidumbre ó probabilidad que lo justifican, Cuarto. Que el derecho de defensa supone la agresion actual, y de autos consta que Anderson no ejerció violencia alguna eonira el procesado Dickey, ení que hubiese venido contra él, trayendo en la mano cuehillo sacedo, espada ó piedra ó palo ú otra arma cualquier con que lo pudiese matar >»; circunstancia
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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:512
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