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Fallos: 70:122 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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CAUSA COXOVI
Doña Emilia Molina de Castro en la ejecucion del Banco Nacional en liquidacion, contra don Aurelio Castro; sobre tercería de dominio.

Sumario. — 1" El mandatario que tiene poder para contraer deudas, no obliga al mandante porla deuda que contraiga en su propio nombre, ni puede, sin poder especialal efecto, hipotecar los bienes de éste en garantía de la misma.

2 Si los ha hipotecado y los bienes han sido embargados para Tesponder á laejecucion de dicha deuda, procede la tercería de dominio que deduzca el mandante.

Caso. — Lo expresa el Fallo del Juez Federal Catamarca, Setiembre 28 de 1896.

Vistos: Los autos sobre tercería de dominio promovidos por la señora Emilia Molina de Castro, respecto de la finca embargada en fecha 4 de Diciembre del año 1894 4 solicitud del Banco Nacional en liquidacion, en el juicio ejecutivo entablado contrael ausente, don Aurelio Castro, á que se refiere el expediente número 982, con lo alegado y probado por las partes.

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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:122 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-70/pagina-122

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