don Angel Etcheverry y la parte de la empresa á don Juan R.
Silveyra, El primero de estus peritos se expide á foja..., diciendo que dadas las condiciones inmejorables de la tierra para la agricultura, su proximidad 4las quintas y pueblo de Lobos, estima el valor del metro cuadrado 4 expropiar en cincuenta centavos moneda nacional, y por daños y perjuicios que causan 4 la propiedad la division del terreno y obra de la línea, fija al metro cuadrado de la mayor de las fracciones, el precio de diecisiete y medio centavos, y al metro cuadrado dela menor de ellas el de siete y medio centavos. Precio total: ciento trece mil ochocientos treinta y ocho pesos veinte centavos moneda nacional.
El segundo perito, 6 sea el de la empresa, expidiéndose á foja..., estima el valor del terreno ú expropiarse en doce centavos moneda nacional el metro cuadrado, 6 sea el total de la superficie en la suma de doce mil cuatrocientos cinco pesos cuarenta y ocho centavos moneda nacional, incluyendo en esta cantidad los intereses y la indemnizacion de los perjuicios que pudiera ocasionar al doctor Caminos el trazado de la vía.
Como fundamento de esta avaluacion, el perito Silveyra invocando informaciones que ha recogido, hace mencion de dos compras hechas en la misma localidad, por la empresa expropiante de terreno para lu vía, la una dice ser reciente hecha á don Pedro Irós, sin juicio prévio de expropiacion, de un terreno inmediato al del doctor Caminos, por el precio de seis centavos moneda nacional el metro cuadrado, incluyendo en este precio la indemnizacion de perjuicios, y la otra hecha al mismo doctor Caminos Arévalo, ante el escribano Isla, con fecha catorce de Mayo de mil ochocientos noventa y cuatro, y de un terreno situado en el mismo paraje de la chacra á que corresponde el que ahora es materia de expropiacion, habiendo sido dicho terreno adquirido por la vía del ferrocarril de Cañuelas á4 Lobos, por el precio de diez centavos que le asignó el ingeniero don José A.
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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:110
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