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Fallos: 7:68 de la CSJN Argentina - Año: 1869

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so en relacion, la Suprema Corte, la confirmó por el siguiente:

Fallo de la Suprema Corto.

Buenos Aires, Febrero 16 de 1809.

Vistos: por sus fundamentos, se confirma el auto apelado, de foja cincuenta y nueve vuelta, con costas; y salisfechas estas y repuestos los sellos, devuélvanse.

Fraxcisco DE LAS CARRENAS.—SALvaDor Manía DEL CARRIL. — Francisco Dercao, — Jost Bannos Pazos, — Beiro Cannasco.

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Año: 1869, CSJN Fallos: 7:68 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-7/pagina-68

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