394 PALLUS DE LA SUPREMA CONTE
CAUSA EXXXIE.
El Dr. D. Juan €. Gome: contra los acrevdores del vapor «Zenobia», sobre pago preferente de honorarios y costas.
Sumario.— 1° Las costas esusadas por el deudor en el juicio ejecutivo, no tienen prelación en ningun caso, sobre lo que corresponde al acreedor.
2" Lo mismo debe decirse por idéntica razon respecto del juicio ordinario.
3 En el caso de Pictranera y Casares no fué objetado el pago de honorarios y costas hechas en la defensa del deudor, y los ejecutantes del vapor «Gran Chaco» se hallaban ya reintegrados de sus eréditos.
Caso.—El Dr D. Juan C. Gomez, abogado y apoderado de los Síndicos del concurso Casá en los varios asuntos relativos al vapor «Zenobia», que fué vendido para pagar á varios acreedores que lo ejecutaban, dedujo terecría coadyuvante á la ejecucion, para ser reintegrado de las costas desembolsadas y sus honorarios con el precio del vapor con la preferencia debida á su crédito privilegiado.
Conferido traslado, los Sres. Folmar y C° y el capitan Freeman, contestaron que el Dr. Gomez habia sido abogado del ejecutado, y por el arl. 299 de la loy de procedimientos
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Año: 1869, CSJN Fallos: 7:394
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