CAUSA COXLVI
Don Eduardo Almirón contra el Ferrocarril del Oeste de Buenos Atres ; sobre enpropiacion Sumario. — Siendo equitativo el precio de indemnizacion fijado por la sentencia de 1° instancia, debe esta ser confirmada.
Caso. — Resulta del Fallo del Juez Federal La Plata, Noviembre 20 de 1896, Y vistos: Estos autos seguidos por don Eduardo Almirón con el Ferrocarril del Oeste de Buenos Aires, sobre expropiacion de una área de terreno que ocupa el último entre las estaciones Juan M, Gutierrez y Florencio Vurela.
Resulta: 1 Quecomo consta á fuja 128, se realizó el comparendo verbal establecido por el artículo 6? de la ley nacional de expropiacion, en el que las partes procedieron lisa y llanamente al nombramiento de peritos, los que aceptaron el cargo como consta áfoja 12 vuelta.
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Año: 1897, CSJN Fallos: 69:350
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