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Fallos: 69:234 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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cionalidad oriental, domiciliado en Concepcion, sobre malversacion de caudales públicos de la nacion y falsedad, cometida en los meses de Nuviembre de 1895 y Enero del corriente año, en la Receptoría de Rentas de Concepción.

Resultando : Que el inspector de rentas don Emilio Majanelle, se dirigió al juzgado con la comunicacion corriente á fojas 10 y 11, exponiendo: Que en la inspeccion que practicó enel mes de Marzo próximo pasado, á la Receptoría de Barra Concepcion, á cargo del procesado de Leon, comprobó que se había producido un déficit por la suma 839 pesos con 28 centavos moneda nacional en esta forma : por ingreso del producido de la renta en general durante la 1° y 2' quincena del mes de Enero del corriente año, 730 pesos 68 centavos, cuya cantidad no eziste en cuja, ni está depositada en el Banco de la Nacion, en Santo Tomé, á pesar de figurar esto en los libros de contabilidad, y 108 pesos que faltan en valores de papel sellado, de los que el receptor de Leon dispuso indebidamente en la cantidad de 82 pesos 25 centavos, siendo asf responsable éste de 812 DE sos 93 centavos, que retiene en sn poder, segun su propia declaracion, constante en el sumario que adjunta; pide al juzgado el juicio correspondiente contra de Leon, por malversacion e fondos, confiados á su cargo como receptor, acompaña copia del movimiento de las entradas, en el libro de caja de la aduana, durante el mes de Evero, y curia del balance del papel sellado.

A foja 20 se dirigió nuevamente el inspector Mejanelle remitiendo un sumario relacionado con un permiso número 480, correspondiente á una operacion aduanera efectuada en San Javier, el 28 de noviembre del año próximo pasado, por importacion de 14 bultos de yerba del Brasil, falseándose este documento, en el quese suprimió la palabra Brasil por la de Monteagudo, hacióndose aparecer la importacion, como de procedencia argentina, siendo en realidad brasilera,

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Año: 1897, CSJN Fallos: 69:234 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-69/pagina-234

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