Caso. — Resulta del Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Febrero 10 de 1896, Vistos estos autos de los que resulta : Que en fecha 31 de Marzo del año 1894 don Domingo Martorell tenía pasaje en Barcelona para venir á esta ciudad enel vapor «Remo », de la Compañía de vaporesitalianos, abonando por viaje de venida y retorno la cantidad de 750 pesetas (documento de foja 4). Que en6 deOctubredel mismo año dicho señorse presenta al juzgado ex poniendo: queel tratamiento que se le había dado á bordo en vez de ser el que correspondía á su pasaje de primera clase, fué al de tercera, pues la comida que se le daba era detestable, sin café y con un vino intomable, sucediendo lo propio con el alojamiento, pues no se le cambió una sola vez la ropa de cama, teniendo para el serricio de todos los pasajeros un solo camarero que no podía atenderlos debidamente, por todo lo cual protestaron estos, entregando la protesta al capitan.
Que como lo expresa el enunciado boleto de pasaje el exponente tenía el darecho de regresar en alguno de los vapor 's que en el mismo se indican, y los consignatarios A. M. Delfino y hermanos, han reconocido la obligacion de darle pasaje de retorno, pero no de primera clase, porque en ninguno de ellos lo hay, por ser todos de carga. Que al tener conocimiento del regreso del vapor « Remo » se presentó á los consignatarios sulicitando pasaje de vuelta, que le fué negado, manifestándosele que en esa ocasion no tomaba ningun pasajero porque dicho vapor conducía animales solamente, por lo cual tuvo que quedarse aquí dos meses, más 6 menos, sufriendo toda clasede necesidades. Que
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Año: 1897, CSJN Fallos: 69:191
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-69/pagina-191
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