<6' Este convenio será reducido á escriturs pública ante el , esribano mayor de gobierno.
« En fe de lo cual firman de conformidad.» Queaprobadas estas bases por decreto de fecha 12 de Setiembre del mismo año, se redujo ésta á escritura pública en los términos que secontienen en el documento de foja 162 á foja 167; nombrándose en el carácter de árbitros á los doctores José María Rosa, por parte del excelentísimo gobierno nacional, y el doctor Virgilio M. Tedín, por parte del representante de la empresa, designando éstos como tercero en discordia al dox:tor Antonio E. Malaver: foja 175.
Que constituido asf el tribunal arbitral y prestado por los árbitros nombrados el juramento de ley, se fijó por decreto de 24 de Octubre siguiente, el término de 10 días á las partes, para la presentacion de sus respectivos alegatos, cuyo término fué prorrogado, á peticion del representante del gobierno, por tres días más, evacuándose estos de fojas 175 á 243, el del representante de la compañía, y de fojas 216 á 259 el del representante del gobierno, quien presentó á la vez los documentos de fojas 280 á 342.
Que reunidos los señores árbitros el día 9 de Enero de 1893, 4 objeto de discutir el punto sometido á su resolucion por el enunciado compromiso y no pudiendo ponerse de avwerdo sobre el mismo, acordaron : 1° reunirse nuevamente el día 12 del mismo mes para fallar la causa ; 2° adoptar como regla de procedimiento interno, para dictar el fallo que cada uno presentase en .
es8 acto, un voto fundado por escrito para ser discutido nuevamente; y 3° que la sentencia sería redactada en el mismo acto, segun el resultado de la votacion, adoptándose como fundamentos de ella los consignados por la mayoría en sus respectivos votos.
Que en vista de este acuerdo y reunidos nuevamente los señores árbitros en el indicado dia 12 de Enero de 1893, presen
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Año: 1896, CSJN Fallos: 66:391
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