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Fallos: 66:302 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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302 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires. Diciemo,e 19 de 1896, Suprema Corte :

La sentencia de foja 71 se defiende por sí misma. Cada uno de sus fundamentos se apoya en hechos constatados con evidencia, ó en prescripciones explícitas del Código Penal. Pido á V.

E., se sirva confirmarla, por sus fundamentos Sabiniano Kiwer.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Diciembre 31 de 1896, Vistos y considerando: Que el delito de estafa cometido por medio de la falsificacion de tirma de don Pascual Bertorotti, se halla plenamente comprobado.

Que con tal antecedente y dada la suma ú que asciende el documento de foja dos, y la circunstancia de haberse cometido delito de la misma especie varias veces por el procesado, contra el Banco de la Nucion Argentina, la pena impuesta por la sentencia del Inferior es conforme á las disposiciones legales que rigen el caso y se invocan en la misma sentencia, Por esto, de acuerdo con lo pedido por el señor Procurador General y por sus fundamentos, se confirma, con costas, la sentencia apelada de foja setenta y una. Devuélvanse.

BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VARELA. — ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE.—
JUAN E. TORRENT.

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Año: 1896, CSJN Fallos: 66:302 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-66/pagina-302

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