CAUSA COCL
Criminal contra don José Baldelli; sobre estafa y falsificación Sumario. —1" Si con ocasion de la ejecucion de un hecho criminal, se perpetran varios delitos, la pena á aplicarse es la del delito más grave, sirviendo los otros de circunstancias agravantes.
2" La estafa cometida descontando dos letras con la firma falsificada del girante, por la suma total de tres mil pesos, hace pasible al reo del máximum de la pena establecida por el artículo 202, inciso 4", del Código Penal, con los accesorios legales.
Caso. — Resulta de las siguientes piezas ? Fallo del Juez trederal " Buenos Aires, Octubre 11 de 1596.
Vistos: Los presentes autos, de los que resulta: Que ellos han sido iniciados con motivo de la denuncia hecha por José N.
Compartir
62Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1896, CSJN Fallos: 66:298
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-66/pagina-298
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 66 en el número: 298 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos