Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Junio 2 de 1845.
Vistos estos atitus, de los que resulta: Que el día 23 de Junio de 1891 la balandra « Nueva Bambin», despues de tomar de reembareo con destino al Salto Oriental, 67 fardos de tabaco, y saliendo del puerto despues de la visita del Resguardo, fué ú desembarcar en las costas de San Fernando, Que conducida la dicha carga en carros ála ciudad, fueron és— tos detenidos por la policía dentro de las calles á altas horas de la noche, pasándose á la Aduana el parte de foja 1", que fué recibido en las oficinas de la administr:cion el día 28 del mísmo mes, Que constatado así el hecho de haberse efectuado un contrabando, se siguió un expediente por ¡a oficina de sumarios, que fué resuelto en 11 de Julio siguiente, condenándose al dueño del tabaco, señor Francisco Mas, y patron de la referida barca, don Antonio March, á pagar una multa igual al valor de la mercadería, cuya multa se adjudicó al jefe del Reszuardo señor Ramon Igarzabal, quien percibió por tal voncepto de cada uno de stos la suma de 4287 pesos con cinco erntavos, segun consta de los recibos de fojas 89 y 90, sin que se liquidasen y pagasen los derechos que al fisco corresponden.
Que con estos antecedentes el Procurador Fiscal formuló en su vista de foja 103 las siguientes peticiones :
1 Que se declarase la nulidad del fallo administrativo de aduana; 9 Que el señor Igarzabal depositara dentro de diez días y bajo apercibimiento, en el Banco de la Nacion Argentina y 4 la órden del juzgado, lis sumas recibidas, hasta tanto éste resol
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Año: 1896, CSJN Fallos: 66:250
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