6 Que con lo declarado 4 fojas 94 y 90, se ha probado que durante el día tres guardianes cuidan las barreras, lo que tambien se constató en la inspeccion ocular de foja... y de noche uno. :
7" Que los hechos cuya prueba se ha considerado explican cóme ocurrió el accidente, pudiendo afirmarse que no habría sucedido por la imposibilidad material de que el carruaje atravesase la vía si las barreras hubieran estado atendidas por los tres empleados que las cuidan como él dice.
8" Que nose ha probado la imprudencia del cochero, pues de autos resulta que +] carruaje llevaba una marcha regular y los gritos de alarma del guardian y vigilante pudieron no ser oidos ó interpretarse mal, desde que 20 se ha probado lo contrario, Que es natural suponer que viendo abiertas las barreras el cochero pensara que no había peligro en pasar, desde que ordinariamente se cierran al aproximaise los trenes.
Y consideransio en derecho: 4? Que el artículo 5", inciso 8, ley de ferrocarriles nacionales, ordena que los pasos ú nivel tengan barreras que se cerrarán al aproximarse cada tren, lo que no pudo cumplirse cuando ocurrió el accidente, por faltar los empleados necesarios, 2" Que además, el artículo 65 de la ley citada establece la presuncion de culpa, en todo accidente de este género, correspondiendo por lo tanto la prueba del caso fortuito ó fuerza mayor álas empresas.
Que la viviacion del artículo 5" ya citado, demuestra evidentemente la culp: y negligencia de la empresa, debiendo por lo tanto aplicarse los artículos 1109 y 1413 del Código Civil.
Y considerando respecto de la indemnizacion : 4° Que no siendo posible estimar fundadamente su justicia, porque no hay mayores constancias en autos y se trata de un cálculo sobre las probabilidades de un porvenir más 6 menos brilante y afortunado, pues teniendo en cuenta la posicion soT. LxvI 15
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Año: 1896, CSJN Fallos: 66:225 
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