CAUSA CCCNXI
Don 1 rancisco Francioni, contrala sociedad Howaldtswerke, por apelación y nulidad de laudo; sobre pago de multe Sumario. — La multa establecida vontra la parte que se alce del laudo, debe depositarse á la órden del Juzgado, y no pagarse, si ví recurrente ha deducido contra el laudo el recurso de nulidad, Caso. — Las partes celebraron el compromiso de sorteter ¿ árbitros la resolucion de las cuestiones sobre diferencias en las cuentas de venta del buque « 1 de Mayo », estipulindose enla cláusula 5° de aquel que «el que se alce del fallo deberá pagar al que se conforme con él, una multa de 15.000 pesos moneda nacional de curso legal ».
Dictado el laudo, que fué condenatorio para la suciedad Howaldtswerke, el capitan Carlos Zindel, que como representante de ústa, firmó el compromiso y siguió el juicio arbitral, dedujo los recursos de apelacion y nulidad contra dicho laudo, El Juez contirió traslado, Francioni dijo: que atento lu pactado en la cláusula 5° del compromiso, que es ley para las partes, no está obligado ú contestar el traslado pendiente, hasta tanto no se abone préviamente por la sociedad Howaldtswerke, la multa estipulada, en virT LEVI 10
Compartir
73Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1896, CSJN Fallos: 66:145
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-66/pagina-145¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 66 en el número: 145 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
