curso civil, segun el artículo 718 de la ley de procedimientos E para los tribunales de la Capital. a ¿Cuál es el domicilio del concursado señor Rojo, en el caso a sub-judice? Los instrumentos públicos agregados á fojas 22, :
24, 31 y 34, lo establecen, unas veces enla Capital Federal, 4 otras en la ciudad de San Nicolás; de modo que sus manifesta= :
ciones contradictorias carece: de una fuerza decisiva. Tampo- a cola tiene bastante, el hecho de haber ejercido el concursado ; el cargo de municipal en San Nicolás de los Arroyos, en 1890; :
porque si bien esa funcion, que es eventual y por tiempo deter- | minado, requiere residencia en el lugar en que se ejerce, una | cosa es el derecho, y otra diversa el hecho, s Asf es que, aun cuando la Constitucion de la provincia de- :
clare obligatoria el domicilio de los funcionarios públicos en el lugar de su ejercivio, es incontestable que vsa disposicion no ha sido cumplida en numerosos casos, y de pública notoriedad que muchos, á pesar de ella, han tenido su domicilio en la Capital federal, , Además, en el acta de foja 26, aparece discutible el domici- :
lio renl del señor Rojo y su manifestacion se limita á expresar que su domicilio legal lo constituía en aquella ciudad, Contra las presunciones que arrojan aquellos antecedentes en favor del domicilio en la provincia, se levanta el hecho demostrado, de hallarse el procesado establecido con su familia 4 en esta ciudad, Así lo afirman los testigos de fojas 52 y 58, cuyas declaraciones con detalles esplícitos, les dan toda verosimilitud; así lo confirman los recibos de pago de alquileres de la casa, corrien- a tes ú fojas 61 4 63 del expediente número 4599, y lo que es más demostrativo por constatar un acto de carácter auténtico, el in- 1 ventario practicado de los muebles de ese único domicilio, á foja 12 del expediente corriente, Atento, entónces, lo dispuesto en el artículo 93 del Código
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Año: 1896, CSJN Fallos: 64:157
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