como cómplice en la falsificacion, hubiera sido necesario que compelido judicialmente, se hubiese negado á hacer las manifestaciones á que hace referencia el artículo treinta y uno de la Jey de marcas.
Que por el contrario, Badía manifestó espontáneamente á foja cuarenta y nueve que él compró la mercadería al corredor Gerónimo Larrabone y que éste la hubo de Thulon, domiciliado calle General Guido, donde tenía su laboratorio, y no consta de autos que se haya practicado ninguna diligencia para averiguar el mérito de estas indicaciones, como ha debido solicitarlo el actor, Por estos fundamentos, y los de la sentencia apelada de foja sesenta y cuatro, se confirma ésta, con costas, Repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VARELA.
— ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE. 
— JUAN E. TORRENT, 
CAUSA XXXIV
La Compañia de Mandatos y Préstamos, contra don Andrés Gonzalez y su esposa, por cobro ejecutivo de pesos; sobre venta del terreno embargado. 
Sumario.— Las palabras ad corpus, empleadas para anun ciar la venta de un terreno, que se ha hecho con toda la super
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Año: 1896, CSJN Fallos: 63:195 
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