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Fallos: 62:378 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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378 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE es un contrato de sociedad, desde que en los Je esta clase los socios concurren en cuerpo á constituir y formar la sociedad, determinando sus objetos. En seguida, el mismo contrato consigna igualmente : « Poseedores los primeros de la estancia «€ Monte Grande », y concertados para la formacion de un establecimiento agrícola en ella, que tenga por hase principal, plantaciones de caña dulce, arroz, tabaco y maíz, ú la vez que la explotacion de leña y labranzas de maderas que los bosques de ella puedan ofrecer, nombrar al señor Antonio Oliveira administrador general de aquel establecimiento, y se comprometen ú proporcionarle en el término de todo este año y el entrante, los elementos que más abajo se designarán ». Segun esto, no cabe ya duda, que el señor Oliveira intervino en el contrato que se examina, como contratista, en el carácter de administrador del enegocio que se planteaba y se detallaba en el contrato, desde que concertados los dueños de la estancia « Monte Grande » para hacer de ella un establecimiento agrícola, entregan su administracion al señor Oliveira, nombrándole administrador del negocio que su proponen explotar por el contrato.

Que vl diez por ciento de las utilidades acordado por el contrato al señor Oliveira, no implica en el caso, que por ese hecho sólo, lo que se ha convenido fuese un contrato de sociedad, tanto porque en el mismo contrato se dice que se le acuerda ese diez por ciento en remuneracion de su trabajo, cuanto porque esa forma de retribución no se opone á que el contrato celebrado sea de mandato (artículo 1952 del Código Civil).

Que los hechos y actos mismos subsiguientes al contrato de que se hace mérito, revelan claramente que no ha sido la mente de las partes contratantes celebrar contrato de sociedad al ajustar el que sirve de base á la demanda, porque si tal hubiera sido su intencion, ella se encontraría justificada por alguna ú alguno de los ducumentos, cuentas y cartas que se han cruzado entre los dueños de « Monte Grande » y el señor Oliveira durante

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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:378 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-62/pagina-378

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