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Fallos: 62:366 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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L 366 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE f VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL E Ienos Aires, Octubre 25 de 1895, e Suprema Corte:

Los delitos contra las administraciones de rentas fiscales, aduanas, impuestos internos, se rigen por una legislacion espe— cial.

El hecho de este proceso, no es un d.Jito del derecho comun Las teorías de la sentencia pueden ser exactas en su fondo, pero no proceden respecto de hechos y circunstancias no incriminados á nombre del Código Penal, sinó á nombre de las ordenanzas de aduana dictadas por el Honorable Congreso Argentino, von no desconocida jurisdicción y aplicables como ley especial las causas de contrabando ó defraudacion ó simple infraccion á sus disposiciones.

El artículo 1025 de las Ordenanzas pena toda falta de requisito, toda falsa declaracion, codo hecho capaz de producir una defraudacion dela renta.

La balandra « Micaela», fué despachada en Montevideo para el Paraguay; en vez de seguir ese derrotero, camiia de rumbo dirigiéndose á Punta de Lara, al sud de Buenos Aires, allí fondea, y allí desembarea el conductor de la carga.

No se ha probado fuerza mayor, y el informe de foja 72 la excluye.

Es entinces de rigurosa aplicacion el texto del artículo 890 te las ordenanzas que prescribe : « ningnn buque podrá fondear en puerto no habilitado, ni atracar ú otros lugares de la costa de la nacion que los exclusivamente permitidos para operaciones de carga y descarga, bajo la pena señalada en los artículos a 1023 y 1024-,

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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:366 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-62/pagina-366

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