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Fallos: 61:383 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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Por esto y de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, se revoca la sentencia de foja ciento cincuenta y cinco vuelta, absolviéndose a: procesado de toda culpa y cargo. Devuélvanse,
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZÁN.
— OCTAVIO BUNGE. — JUAN

E. TORRENT.


CAUSA COLXIL
Don José WM. Segovia, contra la provincia de lluenos Aires, por cobro ejecutivo de pesos: sobre arreylo de cuentas Sumario. — El acto por el cual, durante un juicio ejecutivo, las partes convienen en arreglar todas las cuentas pendientes, debiendo el autor desistir de la ejecucion, no es una transaccion, sinó un arreglo de cuentas, sin que altere su naturaleza el haber renunciado el actor á la mitad de las costas procesales. Ese acto debe ser observado, aunque el documento que lo contiene no haya sido presentado al Juez de la causa,

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Año: 1895, CSJN Fallos: 61:383 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-61/pagina-383

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