6 cuando en primera instancia no se ha suscitado ni resuelto esa cuestion.
2" No puede considerarse como falsa la manifestacion hecha por el propietario dela fábrica de que iba á suspender los trabajos de elaboracion, por razon de obras de mejoramiento, si resulta que la elaboracion hecha durante el término dela suspension, ha procedido de los ensayos de dichas obras, máxime cuando despues de haber cesado el estado de ensayo en que se encontraba la fábrica, ha manifestado el alcohol elaborado y vendido, y ofrecido pagar el impuesto correspondiente, Caso.—Resnlta del Fallo del Juez Federal La Plata, Noviembre 15 de 1891.
Y vistos: Resuli2ndo: 4? Que con fecha 9 de Junio de 1892, se presentó al señor administrador de Impuestos internos, el inspector don Celso Elizalde, haciendo la denuncia que la destilería del señor Julio C. Moranchel, establecida en Almirante Brown, que aparecía como paralizada en sus trabajos, en los Jibros de la Administracion, elaboraba y vendía en plaza alcoholes segun había tenido ocasion de comprobarlo en la casa de los señores Larronde y Herschel.
2" Quecon motivo de esta denuncia, procedió el señor Administrador de la Oficina de Impuestos Internos á practicar las averiguaciones del caso, concluyendo por pasar los antecedentes acumulados al señor Procurador Fiscal, á fin de que éste form ulara la acusacion correspondiente, de acuerdo con la ley de la materia.
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Año: 1895, CSJN Fallos: 61:296
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