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Fallos: 61:259 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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DE JUSTICIA NACIONAL 259 L
autos y los laudos presentidos, De ellos resulta que ambos E árbitros están conformes en lo siguiente : , :

a) Que la Empresa del Ferrocarril del Sud ocupa en el te- E rreno de propiedad del señor Benitez, er el partido .le Maipú, Mu una superficie de (87.286,50) ochenta y siete mil doscientos 3 ochenta y seis metros con cincuenta centímetros cuadrados y 3 desde fines del año mil ochocientos ochenta (1880): a by) Que la vía corta la propiedad del señor Benitez, dejando q á su lado un triángulo cuya superficie es de seiscientos noventa 2 y nueve mil setecientos cincuenta y cuatro metroscon cinco cen- D tímetros cuadrados (699.754,05) y que inutiliza en gran parte al j separar así esti superficie del resto del terreno; " e) Que la Empresa del Ferrocarril del -Sud debe adquirir en propiedad, prévio pago al señor Benitez, la parte ocupada por i la vía; : A dy Que la misma Empresa Jebe indemnización al señor Benitez por el perjuicio que le ocasiona la separacion del triángulo i antedicho del resto del terreno ; y resulta tambien que ambos | árbitros están disconformes en los siguientes puntos : | e) Si se debe pagar ó no indemnizacion sobre el resto del te- E rreno del señor Benitez, cuya superficie es de nueve millones z ochocientos doce mil novecientos cuarenta y tres metros con a nueve centímetros cuadrados 9.812,943,09) ; : 7 ) Precio que ha de pagarse por la parte ocupada por la vía; "a 4) Precio que ba de pagarse por indemnizecion del triángulo Re A,S, F del plano. 3 Sobre los cuatro puntos a, b, e y d, habiendo conformidad E de parte de los árbi:ros, excuso hacer observaciones al res- i pecto, me limitaré solamente á intervenir en los puntos no ñ conformes. ) e) Sostiene el árbitro del Ferrocarril del Sud, que ésta ha 3 más bien beneficiado ¡a propiedad del señor Benitez que perju- | dicidola en esa parte con el paso de la vía, mientras que el ]

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Año: 1895, CSJN Fallos: 61:259 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-61/pagina-259

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