| 18 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE É nos que rehusa entregarle el campo, pretestando una asociacion L que nunca La existido; Que ante este hecho, fundado en el artículo 2465, Código Civil, entabla demanda contra Guaraglia y pide se le condene á restituir el campo, las haciendas y útiles de labranza, con costas.
En un otrosi dijo: que admitiendo hipotéticamente la existenc..; de la asociacion pretendida por Guaraglia, no obsta áque se decrete su remocion y se nombre un administrador provisorio hasta tanto se devida el juicio, porque si mediando un motitivo grave procede la revocacion del mandato al socio adininis= trador, con mayor razon cuando falta. tl mandato y cuando los artos de un socio suscitan descontiaúza en el otro (artículos 1682, 1684 y 1692, Códivo Civil).
Que en esa hipótesis, pide al Juzgado se decrete la remocion de Guaraglia de la administracion que ejercita, nombrando un administrador provisorio, el que deberá ser puesto en po sesion del campo, haciendas y útiles de labraza bajo inventario.
Fallo del Juez Federal La Pl::i, Diciembre 21 de 1894.
Por acreditada la competencia del Juzgado; de la demanda traslado, acordándose al demaniado ¡.:ra contestara y comparecer á estará derecho,el término «e 14 días, y se comete la notificacion al Juez de Paz de Suipacha Al primer otrosi, como se pide, bajo la responsabilidad de esta parte, librindose al efecto el correspondiente oficio al Juez de Paz de Suipacha, y nombránde- administrador á don Nicandro Dorr, quien deberá aceptar el cargo en forma ante el
MA
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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:18
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