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Fallos: 60:13 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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DE JUSTICIA NACIONAL 13 Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 1° de 1895 Vistos y considerando: Primero: Que segun lo reconoce el doctor Agúero en su escrito de fuja seis, el doctor don Federico Espeche, abogado titular del Banco Hipotecario Nacional, leencargó de su representacion en todos sus asuntos, durante su ausencia, resultando quees en virud deeseencargo quercemplazó al citado doctor Espeche para la defensa en la causa que ha motivado este juicio.

Segundo: Que reconoce igualmente que el agente del Banco, al requerir sus servicios profesionales, le manifestó que sabía que el doctor Espeche lo había encargado de reemplazarlo, lo que el corroboró.

Tercero: Que de esos antecedentes se desprende que el doctor Agúero ha obrado en la causa de referencia, asumiendo por convenio con el doctor Espeche, la representacion que éste le confirió, Cuarto: Que el sustituido no puede gozar contra el mandanteoriginario derechos más extensos que el sustituyente ( ar- :

tículo 1926, Código Civil ), sin perjuicio delos que le correspondan contra su mandante inmediato (artículo 1928). " Quinto : Que el hecho aseverado por el agente del Banco, de que éste paga á su abogado titular una compensacion mensual por sus servicios y que tambien afirma la sentencia, se halla corroborado por lo dispuesto en el artículo once de la Ley orgánica de aquella institucion de crédito, 4 que se agrega que ese ] hecho no ha sido contestado por el doctor Agúero.

Sexto: Que el doctor Agúero expresa que no ha celebrado :

convencion alguna con el Banco, tendente á modificar la situa= P i E

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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:13 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-60/pagina-13

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