PETICIÓN
Buenos Aires, Mayo 15 de 1895, Señor Juez Federal:
L. Trebino, de la razon social 1. Trebino y C°, exploradores de la costa sud, en virtud del decreto de 13 de Mayo de 1890, denunciantes de contrabando de huano verificado por los buques Ibrahim y Duilio, constituyendo domicilio en la calleSan Martin 442, escritorio 19, altos, á V. E. digo:
Que habiendo terminado el sumario instruido pura la investigacion del delito denunciado, vengo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley de 9 de Octubre de 1880, y artículo 33 de la ley de Aduana vigente, á pedir á V. S. ordene se me tenga por parte en este juicio de contrabando, dindoseme la intervencion en la causa que por la citada ¡ey me corresponde.
Es justicia.
1. Trebino.
Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Mayo 16 de 1895.
No estando autorizada la intervencion que el recurrente reclama, ni por la ley citada de 9 de Octubre de 1880, ni por las Ordenanzas de Aduana, ni por el artículo 33 de la ley de Aduana, vigente, no ha lugar.
J. Y. Lalanne, | a
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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:15
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