del laudo tramitado últimamente con el señor Lippnid en su carácter de representante de la casa «Howaldtswerke», terminó por la resolucion de este Juzgado de ferha 5 de Marzo del corriente año y de que V. E. tiene pleno conorimiento por haber conocido de ella, 4 mérito de un recurso idéntico, que V, E. desestimó por resolucion de fecha 26 del mismo mes, Siendo, pues, el presente juicio, un incidente propi: nente de aquél, que como queda dicho fué tramitado con intervencion del señor Lippold en el carácter indicado, el Juzgado no ha podido menos que darle en dicho incidente, la intervencion que le correspondía como tal representante de la enunciada casa «Howaldtswerke», negándole la apelacion interpuesta al respecto y que motiva el presente recurso.
Ls cuanto tengo que informa á V. E,, á quien Dios guarde.
Juan del Campillo.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 4 de 1895.
Vistos en el acuerdo: Considerando: Que el embnirro de que esta parte reclama, se balla autorizado por resolucion de esta Suprema Corte, en cuyo caso, esa medida no puede fundar un recurso de providencias del Inferior mandando cumplirla citada resolucion, Que el decreto ordenando la manifestacion de conformidad 6 disconformidad con las cuentas de honorarios presentadas, no causa gravámen al recurrente, susceptible de dar lugar al recurso de apelacion, como lo tiene resuelto esta Suprema Corte en diversos casos; pues que tal decreto nadu resuelve sobre las E i
Compartir
74Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1895, CSJN Fallos: 60:23
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-60/pagina-23¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 60 en el número: 23 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
