CAUSA UXEJIN.
Don Pedro Funes contra D, José Cándido Gomez, por daños y perjuicios.
Sumario. —1° En una demanda mercantil por daños y perjnicios causados por falta de cumplimiento á un contrato, sc supone la rescision de este.
2 Nescindido un comrato por falta de cumplimiento de una de las partes, solo quedan pendiemes los daños y perjuieios que justifique el demandante, 3 La Suprema Corte no puede modificar las sentencias de los Jueces de Seccion, sinó de la parte apelada, 4 No es temerario un litigante que, por falta de precision en el significado de las palabras de una sentencia, interpreta esta erróncamento, Caso. — Mandada á enmplir la sentencia definitiva de la Suprema Corte, en los autos seguidos por D. Pedro Funes contra D. José Cándido Gomez, sobre validez y cumplimiento de un contrato de compra-venta de caballos, el Procurador Frugoni, por Gomez, se presentó al Juzgado Seccional de Buenos Aires, con un escrito, en que dice: que resulta la causa en el sentido de la existencia del contrato, con- arreglo al art,
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Año: 1868, CSJN Fallos: 6:433
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