trará con los despachos de aduana que deben ser presentados; que el capitan procede de mala fé, puesto que prometió no fijarse en dies é quince dias de diferencia siempre que se le cumpliera la carga.
Que, por otra parte, Nauts y de Mot le han pagado 518 fs, por diferencias de fictes, porque, con motivo del decreto, eseaseó la carga, y los fletes bajaron al precio Je 30 4 45 por lo que ellos debian pagar 40 francos por tonelada.
Que el capitan tiene la conciencia de que se habria rescindido el contrato de fictamento, 4 no contar con la seguridad dae Al comedor de me Ajume en la diferencia de 104 45 dias Que en consecuencia, rechaza la demanda, porque ella viola la modificacion propuesta por el capitan David, y aceptada por los cargadores, y tambien, porque aun prescindiendo de esa modificacion, el deereto del Gobierno Provincial mandando suspender los trabajos de los saladeros, constituye fuerza mayor.
El Juez puso la causa á prueba, sobre los hechos siguientes :
19 Si, á peticion del capitan David y para conservar su buque 4 flote, los cargadores mandaron á bordo desde el 24 de Diciembre hasia el 23 de Enero 504 pipas de sebo y 300 cajones de grasa.
Si por el intermedio del corredor maritimo, los fetadores comunicaron al capitan las dificultades en que los colocaba el decreto del Gobierno Provincial del 15 de Enero; por lo que le sería dificil poner toda la carga convenida, á bordo, en los 50 dias; y si el capitan manifemó que completada la carga, él prescindería de 10 4 45 dias de sobre estadías.
3 En qué fecha fueron embarcado los últimos frutos.
4 Si se ha pagado al capitan, por diferencia de fletes, la suma de 518 fuertes.
Con la prueba producida por ambas partes, el Juzgado dictó el siguiente :
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Año: 1868, CSJN Fallos: 6:406
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