dias del término fijado, pide se le condene á pagar esos diez días y las costas del juicio.
Se nombró drbitro arbitrador al Juez de Seccion, conviniendo en que el asunto siguiese en tramitación ordimaria, por lo que se corrió traslado en la demanda.
El procurador Reiual- por Nants y De Mot pidió se desistimara, con castas, la demanila.
Los Sres. Nauts y De Mor, dice, Metaron el buque el 4 de Diciembre, comprometiéndose á cargarlo con 1200 pipas de seba y 300 eajones de grasa.
Por pedido del capitan para sostener el buque á Mote, los Sres. Nauts y De Mot mandaron 4 bordo, desde el 24 de Diciembre hasta el 23 de Enero, la cantidad de 504 pipas de sebo y 300 cajones de grasa.
Que el día 25 de Enero de 1808, el capitan David puso 4 disposicion de sus representados el buque para recibir carga; que es, entonces, desde el 25 Enero que empiezan á correr los 50 dias para la carga del buque.
Que un decreto del Gobierno Provincial, fecha 15 de Enero, mandó suspender los trabajos de los saladeros; que inmediatamente sus representados comunicaron al capitan, por medio del corredor marítimo, que por ese deereto era muy probable no pudiesen proporcionarse toda la carga, ó cuando menos que no pudiesen remitirla á bordo en los 50 dias del contrato.
Que el capitan David, apreciando las dificultades, dijo al corredor que se tratase de complir toda la carga estipulada, y que él por su parte no haria exigencia por diez ó quince dias de sobre estadías, Que fiados en esta promesa, Nauts y De Mot desistieron de la idea que tenian de presentarse pidiendo la rescision del contrato, á que tenian derecho en virtud de la fuerza mayor, y fundados en el art. 1281 del Código de Comercio.
Que á costa de grandes sacrificios, siguieron remitiendo la carga y cumplieron el contrato con 1,200 pipas de scho y 300 cajones de grasa; que, por los demas, no sabe si es exacta la diferencia de diez días que cobra el capitan, lo que se demos"
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Año: 1868, CSJN Fallos: 6:405
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