liñcado de delito por la ley, se pueda declarar la culpa compurgada con la prision que equivale á imponer una pena, por estos fundamentos, se revoca la sentencia apelada de foja cincuenta y una, en cuanto, declarando compurgada la culpa de Ferreira con la prision sufrida, lo condena 4 pagar el precio de las setenta y einco varas de easimir que le reclama don | Luis Arévalo, y las costas-del juicio; y se le absuelve de toda eulpa, cargo y responsabilidad por los hechos en que se fanda la acusacion, devolviéndose la causa.
Francisco pE LAS CAnnenas.—SALVADOR Manís DeL Canmir.— Francisco DercaDo.—José Bannos Pazos.—Bestro
CARRASCO,
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CAUSA CXXIV,
Pequin, Petit, Laroche y C°, D. Celestino Monserrat y D. Alberto Reynhold con el Ministerio fiscal, sobre chancelucion de fianza carcelera y judicatum solvi, Sumario — 4 Los fiados no tienen personería en las causas ca que se trata del interés de sus fadores.
7. VI. El 1 |
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Año: 1868, CSJN Fallos: 6:321
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