Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 6:143 de la CSJN Argentina - Año: 1868

Anterior ... | Siguiente ...



CAUSA XCVIIE.
Criminal, contra D. Cárlos Leon, D. Desiderio Bravo, D. Julian Aguiar, D. Remigio Ferrer y D. José M, Zaralia, por delito de rebelion, Sumario.—19 El haber sido inspector de policía durante la rebelion, y haber desempeñado comisiones para el equipo del ejército rebelde, importa una cooperacion directa al sosten de la rebclion, y complicidad en ese delito. N 2" El Procurador Fiscal de una Seccion no tiene personería para representar á la Provincia de su Seccion, en demanda de devolucion de cantidad de pesos.

3" Los reos de un delito son responsables de los daños y perjuicios causados por él.

4" La responsabilidad civil de los reos comprende la reparacion de daños y perjuicios, y la obligacion ie pagar las costas causaias para reclamarios.

5 Las acciones que han sido materia de denanda, contestacion y sentencia, no pueden ser revocadas para otro juicio.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

65

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1868, CSJN Fallos: 6:143 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-6/pagina-143

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 6 en el número: 143 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos