58 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE tu provisorio ordenado por los Tribunales de la República, lo que no ha mediado en el caso sub-judicey que si la detencion no procedía en la forma y tiempo observado, pudo dar derecho entónces al detenido para pedir su inmediata libertad; pero no para invocarla como una excepcion legal contra la extradicion.
Encuentro fundada esta doctrina, y pido por ello á V. E, la confirmacion, por sus fundamentos, de la sentencia recurrida.
Sabiniano Krer, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Marzo 16 de 1895, Vistos: De conformidad con lo expuesto y pedido por el señor .
Procurador General y por sus fundamentos se confirma con costas la sentencia apelada de foja veintisiete, Devuélvanse,
BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VA-
RELA. — ABEL BAZAN. —
OCTAVIO BUNGE. — JUAN E,
TORRENT.
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:58
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