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Fallos: 59:183 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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DE JUSTICIA NACIONAL 183 3 E con, en San Nicolas de los Arroyos, el 27 de Agosto de 1890. o i Hallándose e xtendida la obligacion hipotecaria en papel | sellado de la Provincia, se dió vista al Procurador Fiscal quien y expuso : o Señor Juez : | Por razon de la naturaleza del acto, la obligacion de foja 4 4 ha debido extenderse en papel sellado nacional, y en este concep- | to le correspondía un sello de valor de 79 pesos moneda nacional, segun el artículo 4" de la ley vigente. 1 Se ha incurrido en la multa de la segunda parte del artí- i culo 48. :

» G. G. Vieyra. 1 Fallo del Juez Federal a La Plata, Octubre 10 de 1894, | Téngase por resolucion la precedente vista fiscal y repóngase | la foja en oportunidad. Y Aurrecoechea. 1

VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL :
Buenos Aires, Diciembre 14 de 1894. 6 Su prema Corte: y Iasobligaciones por letras y pagarés á favor del Baneo Na- ] cional deben otorgarse en sello nacional. :

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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:183 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-59/pagina-183

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