Si se ha de rescindir el contrato de foja 1 por dificultades a suscitadas por el señor Ugarte para cumplirlo y si hay lugar á +A indemnizaciones, comprometiéndose á pagar una multa de y 500 pesos, que pagará la parte que deje de cumplir los actos 5 | indispensables para la realizacion del compromiso; señalándose | el plazo de... ú los úrbitros, prévia su aceptacion á prestar el | correspondiente juramento, y lo firmaron .on el señor Juez :
por ante mí, de que doy fé. :
L. Echegaray.— Isidoro Flores D. — Luis Ugarte. | Eusebio Castañeda Secretario.
Aceptado y jurado el cargo por los árbitros, estos dieron por constituido el Tribunal y dictaron diversas providencias.
Despues de sustanciado el juicio por todos sus trámites, los y árbitros dictaron el siguiente auto :
En Caucete, á 7 dias del mes de Marzo de 1892, se reunió el Tribunal arbitral para fallar en la causa Flores - Ugarte. y no | habiéndose puesto de acuerdo los árbitros, en la decision, acor- "i daron consignar cada uno su voto especial. —Jamon Moyano.— Ventura Larrinaga.— Francisco A. Machuca.
En consecuencia, cada árbitro presentó por separado, en 10 | « de Marzo, su fallo, pronunciándose : el señor Machuca, por | la rescision del contrato, debiendo Ugarte pagar los perjuicios ; | el señor Larrinaga, por la mo rescision, y el señor Moyano tambien en esta última forma. ! Notificado Flores de los respectivos fallos, se presentó al Juez de Seccion, deduciendo el recurso de nulidad contra la 1 resolucion de los árbitros, fundado:
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:179
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