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Fallos: 58:363 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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DE JUSTICIA NACIONAL 363
ESCRITO DEL APODERADO DEL ACUSADOR
Buenos Aires, Noviembre 29 de 1894.

Señor Juez Federal :

Daniel Wierz, por los señores Otard Dupuy y C°, en los autos cun los señores José B. de Abreu y €", sobre falsificacion de marca de fábrica, contestando el traslado, digo:

Que se ha de servir V. S. no hacer lugar, con costas, á las excepciones dilatorias que, por medio de artículo prévio, deducen los demandados, y ordenar contesten derechamente el traslado de la acusacion.

1 Las excepciones opuestas por los demandados son: $" falta de personalidad en el acusador; ?' falta de personalidad en sus representantes; y 3' falta de accion en estos últimos.

Asf resulta de la parte petitoria del escrito en traslado, dond:

se invoca para justificar su procedencia al artículo 443, incisos 2" y 3, del Código de Procedimientos en lo Criminal.

1 Es muy rara la excepcion que se opone de falta de personalidad en el acusador, una vez que se reconoce que los acusadores son los señores Otard Dupuy y C°, y no se niega que tengan capacidad legal para estar en juicio, y argumentándose por contrario con su capacidad, para sostener que deben asumir personalmente la acusacion, y que sus representantes no pueden promoverla, por ser mandatarios de personas capaces y no representantes de incapaces.

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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:363 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-363

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