DE JUSTICIA NACIONAL 341 Caso.— Lo explica el E Fallo del Juez Wederal j Buenos Aires, Noviembre 6 de 1893. a Y vistos: Estos autos seguidos de oficio por infraccion ú la ley :
de enrolamiento, contra Ignacio Quiroga, argentino, de 22 años, Y soltero, marinero, y domiciliado en una de las casillas de la Dár- i sena, de los que resulta: a Que llamado á declarar el procesado sobre el hecho que ha y motivado este sumario, manifiesta á foja 2, no encontrarse en- E rolado por haber ignorado que tenía que hacerlo. a Que el Procurador Fiscal, en mérito de esta declaracion, pi- 3 dió, entablando la acusacion corresvondiente, se aplicara al ri procesado la pena establecida por las leyes. 1 Que el defensor del detenido, contestando la acusacion fiscal, E pide sele ponga en libertad, por cuanto éste ignoraba que tenía | que enrolarse. 4
Y considerando: Que segun la propia declaracion del proce- E
sado, se encuentra establecida la infraccion á la ley de enrola- 4 miento. 3 Que no es atendible la escusa alegada por la defensa, de ser | marinero el procesado, pues, esto no le impedía enrolarse, ha- a biendo podido hacerlo en las diferentes c"asiones que arribó 4 3 este puerto. 1 Que tampoco puede ser aceptada como eficaz la escusa de ig- 4 norancia de las Je yes que se aduce. | Por estos fundamentos y de conformidad con lo pedido por y el señor Procurador Fiscal y lo dispuesto en el artículo 16 de | la ley de 28 de Setiembre de 1872, definitivamente juzgando, q
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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:341
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