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Fallos: 58:326 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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i 326 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E te E
E CAUSA CCCXXXIII
D. Felipe Neri benitez contra la sucesion de D. Gabino Ojeda, por cumplimiento de contrato; sobre competencia.

p Sumario.— Las acciones procedentes de contrato, deben deducirse ante el Juez de la sucesion del demandado, aunque se haya hecho en aquel eleccion de un domicilio especial.

Caso.— Lo explica el Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Julio 17 de 1893.

Determinándose en el escrito de demanda que la accion se dirige contra la sucesion de don Gabino Ojeda, representada, segun se dice, por don Teodoro Lindorso, residente en Salta; de lo que se desprende que el juicio sucesorio ha sido iniciado en aquella provincia, y debiendo el Juez de la sucesion avocarse el conocimiento de los pleitos que contra los bienes de la misma se dedujesen ó que contra el causante se encontrasen pendientes,

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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:326 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-326

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