gaciones anteriores, sinó en cuanto han sido expresamente modificadas por ella, lo que no sucede con relacion á la division de las cuotas de cada uno de los vencimientos, á cuyo respecto quedan subsistentes las estipulaciones de los respectivos contratos.
Que así lo tiene resuelto esta Suprema Corte en el fallo de veinticuatro de Agosto mil ochocientos noventa y tres, recaído en el juicio seguido por el mismo Banco contra Don Alberto Chambon (série 4, tomo 3", pág. 336).
Por esto se revoca la sentencia apelada de foja treinta y seis, con declaracion que el Banco tiene derecho de exigir por trimestres anticipados el pago de los mencionados intereses. Repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN PAZ. —LUIS V. VARELA.— ABEL BAZAN.— OCTAVIO BUNGE.—
JUAN E. TORRENT.
CAUSA CCXLIINI
Contra Don Jabez Spencer Balfour, por extradicion; sobre informe en derecho Sumario. —En las causas sobre extradicion, no es admisible el pedido para informar en derecho.
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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:309
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