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Fallos: 57:204 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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20 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Penal por ser uno de los complotados para la ejecucion del crí- , men y haber concurrido ú ella haciendo circular los billetes falsos. A que debe agregarso la participacion que le cabe como ocultador de los instrumentos del delito.

Que en consecuencia y no mediando circunstancias agravan- 1 tes ni atenuantes, le corresponde sufrir el medio término entre el máximun de la pena prevista por la ley) citada de 44 de Se- | tiembre de 1863, segun lo dispone el artículo 52, Código Penal vigente.

Que por lo que respecta á Cayetano Zena, como se ha visto, Cárlos Campolongi, foja 334, primer cuerpo de autos, declara que aquel formó parte del complot de Piacenza para venir á la | República Argentina á falsificar billetes de Banco y vino des- Í pues que El al Rosario, alojándose, segun lo confiesa el mismo Zena, en casa de Pablo Borella, uno de los autores principales ! de la falsificacion. Está tambien probado, por declaracion de los propietarios de la casa calle San Juan número..., Antonio Borell: y especialmente su esposa Martina Colaso, fojas 257 y ' 263, segundo cuerpo de autos, que Zena juntamente con Cárlos Campolonghi y Pedro Groppi se reunían y encerraban frecuentemente en él cuarto que este último lesalquilaba y en que Groppi hacía su trabajo de grabado, y sele encontraron las planchas y otrosinstrumentos de la falsificación; hechos que el mismo Zena confiesa (fojas 29 á 30, segundo cuerpo de autos). Resulta asimismo de las declaraciones de Pablo Passerini y su esposa Delfina Berta, á foja 185, segundo cuerpo de autos, que enla misma mañana en que fué preso Cárlos Campolonghi, Zena alarmado por este hecho, llevó á Passerini un paquete de dinero con dos mil pesos pura que se los guardase, precaucion que implica reconocerse culpable del mismo delito que motivaba la prision de Campolonghi. Finalmente, Cayetano Zena confiesa, tanto en su declaracion ante la policía del Rosario, fojas 31 y 32, segundo cuerpo de autos, como en la ratificacion de ella ante

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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:204 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-204

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