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Fallos: 57:209 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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La verdad está sin embargo en la confesion de Merli, Los su- % 3 frimientos 4 que alude no resaltan probados y es singular que A mientras estaba incomunicado y apremiado por esos supuestos x padecimienton, acertase áinventar lo verdadero para declarar, 4 S saber que los Borella con Zena y Campolonghi falsificaban bi- E lletes de 4 50 pesos. - 1 Esta confesion concuerda además con la de Zona, que dice :

haberle vendido á Merli billetes falsos del tipo de cincuenta a pesos. :' La declaracion de Calzerosa, repartidor de la vinería de Ze- 4 na y la de la esposa de Passerini, socio de Zena (foja 186 del 2 segundo cuerpo de autos), son otros indicios concurdantes con a los anteriores. En efecto, el primero dice que Merli, Campo- 3 longhi y Zena eran amigos y se reunían siempre, y Delfina Ber- E tra de Passerini agrega que uu marido les había dicho á éstos a varias veces con disgusto que su conducta era sospechosa por los e secretos en que siempre andaban. E De todas estas circunstancias resulta, comosegura deduecion, que lo confesado primeramente por Merli es la verdad y que si 4 más tarde lo retractó fué porque levantada la incomunicacion E se dió cuenta que no había otra declaracion contra él que la de a Zena, de quien obtuvo que á su vez pretendiese retractarse en y el plenario. .

Prescindiendo, pues del mérito probatorio que pudiera tener E la declaracion de Merli por sf misma, por cuanto no fué rendi- a da ante el Juez de la causa, y de lo vicioso del testimonio de y Zena, la prueba circunstancial es completa y de ella resulta le= E galmente justificado que Merli compraba billetes falsos. U No resulta, sin embargo, con la claridad necesaria que al ha- e cer Merli esas compras se hubiese complotado con los falsifica- :

dores para expender la emision falsa, y más bien parece, segun ; los términos de su confesion, que los compraba para lucrar con a ellos, haciéndolos pasar como legítimos, pues no podían tener " y. vu H

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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:209 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-209

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