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Fallos: 56:273 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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CAUSA CXXAILX
Doa Varlos Hirek, emtra la provincia de Euenos Arres, por cobro de pesos; sobre personería del Fiscal de Estado, Sumario.—TE1 fiscal de Estado de la provincia de Lucnos Aires no tiene personería para representar á la Provineia demandada ante la Suprema Corte Nacional.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 28 de 181, "Vistos en el acuerdo: Considerando que el Doctor Don Franeisco I), Pico, presenta conío único título para representar á la Provincia de Buenos Aires, en este juicio, el decreto que le confiere el carácter de Fiscal de Estado de aquella Provincia, " invocando las atribuciones que como ú tal funcionario le acuer» dacl artículo ciento cincuenta y dos de la Constitucion de la misma.

Que si bien en el texto de esc artículo, se declara que el Fiscal de Estado, como encargado de defender el patrimonio del Fisco, es parte legítima en todos aquellos juicios en que se conTT. NI 18

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Año: 1894, CSJN Fallos: 56:273 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-56/pagina-273

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